Crean en Durango la revocación de mandato

25 mayo, 2021 | Hace 3 años

La revocación de mandato es una forma de democracia participativa que faltaba en nuestra Constitución Local. 

La constitución YA PREVEÍA CUATRO formas de consulta ciudadana:

Ahora se ADICIONA 

La REVOCACIÓN DE MANDATO No es un mecanismo anárquico; TIENE REGLAS para que esto suceda:

  1. Solo se puede solicitar una vez, durante el periodo de gobierno.
    1. El plazo para solicitar la revocación de mandato es dentro de los tres meses siguientes al término del tercer año de gobierno, mediante votación libre, directa y secreta
    1. La primera ocasión en que se podría solicitar sería entre el 1 de septiembre y 30 de noviembre de 2025
    1. Deben solicitarla mínimo el 10% de la lista nominal, distribuidos en cuando menos 20 municipios.

EN CASO DE QUE SE REVOQUE EL MANDATO:

LA CONSTITUCIÓN PREVÉ:

ARTÍCULO 93.- En caso de falta o de incapacidad absolutas del Gobernador del Estado, el Secretario General de Gobierno ocupará su lugar, en tanto el CONGRESO DEL ESTADODENTRO DE LOS SESENTA DÍAS SIGUIENTES NOMBRA A LA PERSONA QUE LO SUSTITUYA, de acuerdo a las siguientes bases:

  1. Cuando la falta de Gobernador del Estado ocurriese en los últimos cuatro años del período respectivoel Congreso del Estado, concurriendo cuando menos las dos terceras partes del total de sus miembros, nombrará mediante escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, al GOBERNADOR DEL ESTADO SUSTITUTO que deberá concluir el período.

Noticias Relacionadas