Oaxaca es el único de los 6 estados con elección este año que su ley local no permite precampaña con precandidato único. Se trata de un artículo abiertamente inconstitucional, ya que hay jurisprudencia de la Sala Superior del TEPJF, en el sentido de que es un derecho constitucional del precandidato único dirigirse a los militantes y simpatizantes del partido en el periodo ex profeso.
Sin embargo, para evitar alguna sorpresa por parte de las autoridades electorales se decidió emprender un litigio para que ese artículo (ART. 176) de la ley electoral oaxaqueña se declare inconstitucional por parte del Tribunal Electoral de Oaxaca. La Sala Superior ya le ordenó al Tribunal Local que declare la inconstitucionalidad del artículo. Hoy viernes 28 de enero de 2022, se prevé que el asunto se resuelva. Con esta declaratoria de inconstitucionalidad Salomón puede iniciar precampaña de inmediato.
Cuestión aparte son las diversas impugnaciones que ha promovido Susana Harp. Hasta el momento son tres impugnaciones. Ninguna ha prosperado. Hoy resuelve dos de ellas el Tribunal Electoral de Oaxaca y otra continúa en la Comisión de Honestidad de MORENA.
Cómo podemos apreciar, el comité nacional de Morena se blindó estatutariamente para legitimar la selección de precandidaturas únicas, las cuales no son manejadas como tales sino como Coordinadores de los Comités de Defensa de la 4T y así encuentran muchas salidas a cualquier observación que le puedan hacer los entes jurisdiccionales.
Además de todas las consideraciones legaloides, las y los precandidatos de Morena van a per vivir, porque es de todos sabido que los magistrados de Sala Superior están al servicio de la 4T.